Skip to content

  viernes 17 abril 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
16 de abril de 2026UCO: Koldo fue la «correa de transmisión» entre Armengol y Aldama 16 de abril de 2026ACUERDO: PP y Vox llegan a un acuerdo en Extremadura 16 de abril de 2026Jornada mixta en los índices europeos 16 de abril de 2026TS: admite un recurso contra la regularización 16 de abril de 2026VIVIENDA: se mantiene la tendencia alcista 16 de abril de 2026JOVENES: la vivienda es ya casi una utopía 16 de abril de 2026RODRIGUEZ: nuevo plan con mas millones todavía
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Economía  BdE: el impuesto temporal no ha sido especialmente gravoso
EconomíaBancos

BdE: el impuesto temporal no ha sido especialmente gravoso

El Banco de España ha publicado este viernes un informe en el que descarta que haya habido impacto negativo sobre las entidades financieras que pagaron el gravamen temporal, puesto en marcha por el Gobierno Sánchez, en comparación con las que estaban exentas ni con bancos de otros países donde no existe el impuesto. No obstante, sí se ve una reducción de volúmenes y tipos en los depósitos a plazo de los hogares.

RedaccionRedaccion—15 de marzo de 20240
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

Estas son las dos principales conclusiones a las que llega el organismo en el informe Un análisis de la evolución de la actividad bancaria en España tras el establecimiento del gravamen temporal de la ley 38/2022. En el análisis, el Banco de España asegura que «tras la introducción del gravamen, el análisis empírico no revela diferencias significativas entre las entidades sujetas al gravamen y el resto de entidades». El informe analizó «la evolución del margen unitario y el margen de interés asociados a los préstamos y depósitos de los hogares y de las sociedades no financieras, o de las comisiones».

El Banco de España destaca, durante el informe, que la principal dificultad para conocer los efectos de la puesta en marcha de este impuesto se debe a la casi coincidencia (con un mes de diferencia) del anuncio de la medida con el inicio del ciclo de subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE) en julio de 2022. El supervisor bancario señala que en el ejercicio de análisis no se encuentran efectos significativos del gravamen sobre los márgenes de interés. “Se halla un efecto significativo en relación con los tipos y volúmenes de los depósitos a plazo con hogares, que son inferiores para las entidades afectadas”, matizan. Sin embargo, estos resultados se ven matizados por la ausencia de resultados significativos para el tipo medio de depósitos, combinando depósitos a la vista y a plazo.

“Esto se debe a que la captación de depósitos a plazo en el período posterior al anuncio del gravamen es relativamente reducida en relación con el volumen de depósitos a la vista, tanto para las entidades afectadas por el gravamen como para las que no lo están”, explican desde el Banco de España. Además, se obtiene un efecto diferencial negativo estadísticamente significativo del gravamen sobre los tipos de interés de algunas carteras de crédito y positivo para los volúmenes de crédito en el caso de las entidades afectadas por el gravamen, “lo cual no sería coherente con los efectos esperados del modelo teórico”, puntualizan. Por último, el Banco de España tampoco encuentra efectos diferenciales sobre las comisiones.

El segundo ejercicio realizado consiste en analizar los patrones diferenciales del negocio bancario en España con respecto a lo observado en otros países europeos, “que ni se verían afectados directamente por el gravamen ni presumiblemente replicarían el comportamiento de las entidades españolas afectadas”, explican. Según explican en el informe, este ejercicio tampoco “está exento de dificultades”, ya que, aunque la estimación de un efecto diferencial entre países para una determinada variable en el período posterior al anuncio de la introducción del gravamen en España puede ser indicativa de que este está teniendo un efecto, no se puede descartar que esta diferencia se deba a otros factores en los que el sistema bancario en España no se asemeja al de otros países europeos (por ejemplo, una respuesta diferente al proceso de endurecimiento monetario). En cualquier caso, el conjunto de los resultados basados en el análisis de las diferencias entre países “no parece coherente con la hipótesis de traslación del gravamen español”

El gravamen temporal se estableció que a aquellos grupos bancarios cuya facturación (definida como los ingresos por intereses y comisiones), de acuerdo con la normativa contable y fiscal en España, superara los 800 millones de euros en 2019 se les aplicaría un gravamen del 4,8% sobre el margen de interés y las comisiones netas de 2022 y 2023. El ingreso en las arcas públicas del primer anticipo del 50% tenía como plazo límite el 20 de febrero de 2023. El plazo para el segundo y último ingreso correspondiente al primer año de vigencia del impuesto se extendió hasta el 20 de septiembre de 2023. El Gobierno recaudó unos 1.263 millones de euros de este impuesto.

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
DESTACADO PORTADA

JOVENES: la vivienda es ya casi una utopía

16 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

¿Qué sectores se benefician del incremento del gasto en defensa?

16 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

UE: la inflación descontrolada

16 de abril de 20260
Cargar más
Leer también
Legal

UCO: Koldo fue la «correa de transmisión» entre Armengol y Aldama

16 de abril de 20260
Politica y partidos

ACUERDO: PP y Vox llegan a un acuerdo en Extremadura

16 de abril de 20260
Mercados

Jornada mixta en los índices europeos

16 de abril de 20260
Legal

TS: admite un recurso contra la regularización

16 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

VIVIENDA: se mantiene la tendencia alcista

16 de abril de 20260
DESTACADO PORTADA

JOVENES: la vivienda es ya casi una utopía

16 de abril de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • UCO: Koldo fue la «correa de transmisión» entre Armengol y Aldama 16 de abril de 2026
  • ACUERDO: PP y Vox llegan a un acuerdo en Extremadura 16 de abril de 2026
  • Jornada mixta en los índices europeos 16 de abril de 2026
  • TS: admite un recurso contra la regularización 16 de abril de 2026
  • VIVIENDA: se mantiene la tendencia alcista 16 de abril de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies