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  Legal  CASO KOLDO: el imputado seguirá sin sus móviles
Legal

CASO KOLDO: el imputado seguirá sin sus móviles

El Supremo rechaza entregar a Koldo sus móviles porque aún tiene que analizar la "ingente" documentación que contienen

RedaccionRedaccion—8 de octubre de 20250
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El juez encargado del caso Koldo en el Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha rechazado la última petición del exasesor de José Luis Ábalos, Koldo García, para que le devolvieran sus móviles, ya que continúa el análisis de la «ingente cantidad de documentación», porque no ha habido tempo «suficiente» para ello. Asimismo, le ha recordado que el próximo 16 de octubre, día que está citado para declarar, podrá ofrecer «cualquier explicación hipótesis alternativa».
De esta manera, Puente responde al escrito de Koldo en el que acusaba a la Unidad Central Operativa (UCO) desde realizar «inferencias» y «conjeturas» en su último informe, donde señala la existencia de una reserva de dinero en efectivo de origen desconocido que el exasesor gestionaría para el exministro de Transportes José Luis Ábalos.

El informe de la UCO pone el foco en «desembolsos» del exministro que ascenderían a 95.437 euros y que «no habría compensado por vía bancaria», entre los que figuran pagos a terceras personas, cuotas a una fundación vinculada a él y 20.799 euros en «gastos personales con cargo a una fuente de ingresos no declarada».
Por ello, Koldo ha vuelto a reclamar al Supremo -ya lo hizo anteriormente a la Audiencia Racional y fue rechazada- que le devolviera los móviles que la Guardia Civil tiene su poder desde febrero de 2024, cuando registró su domicilio. Si bien, según Puente, «la verdaderamente ingente cantidad de documentación y terminales informáticos y telefónicos intervenidos en el procedimiento impone la realización por parte de los investigadores de una muy ardua tarea» de análisis que no ha concluido.

Tampoco ha sido posible llevar a cabo una copia clonada completa de los terminales intervenidos, por lo que la información que contienen no ha sido «enteramente analizada» ni ha habido tiempo «suficiente» para ello. «Tiempo que no solo sería el necesario para proceder a la copia de todos y cada uno de los dispositivos, también el preciso para realizar las labores de expurgo (…) de aquella información que, contenida en los mencionados dispositivos, pudieran hacer referencia a aspectos, en principio ajenos al procedimiento, y que pudieran concernir al ámbito de privacidad de los propios titulares de los terminales o de terceros», añade el escrito.

En cuanto a la suspensión de la causa, deja claro que «mucho menos todavía cuando, como aquí, nos encontramos ante un procedimiento en una de cuyas piezas uno de los investigados, hasta este momento, se halla en situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza», refiriéndose al ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Además, no hay precepto legal que autorice la suspensión ni resulta en absoluto necesario para garantizar el derecho de defensa.

 

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