En el borrador que presentará al Pleno, considera ajustada a derecho la negativa a eliminar las penas de inhabilitación impuestas a los ex dirigentes independentistas.
La ponencia respalda los autos del Supremo de 2024 que rechazaron extinguir las condenas de inhabilitación de Jordi Turull y otros ex consejeros, reforzando la tesis de que la ley de amnistía no alcanza el delito de malversación en este caso.
Macías sostiene que existió un beneficio personal de carácter patrimonial, ya que los responsables del procés utilizaron fondos públicos para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre, evitando asumir esos gastos con recursos propios.
El magistrado también entiende que la ley de amnistía tiene carácter excepcional y no puede aplicarse automáticamente a favor de los condenados ni extenderse a supuestos no contemplados expresamente por la norma.
