El fiscal defiende que la solicitud de practicarle una testifical a este cargo de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) «no resulta una diligencia inútil o ajena al posicionamiento mantenido por la defensa». En este sentido, alude a que el «nombre» de Ruano «ha surgido en diferentes ocasiones», que a él han hecho referencia otros testigos en sede judicial y que «aparece reflejado en documentos» obrantes en el sumario del «caso Begoña Gómez».
Al Ministerio Público no le parece «desproporcionado» que se le reconozca a la esposa de Pedro Sánchez «la defensa del derecho» a la declaración de Ruano. Así como a la ratificación de las tres periciales de parte que presentó para negar perjuicio económico a la UCM, que su cátedra extraordinaria fuese constituida irregularmente y que su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, se hubiese excedido ilícitamente de sus funciones profesionales.
Tanto la mencionada declaración como la ratificación por parte de sus autores de las dos periciales en el juzgado fue rechazado por el juez Juan Carlos Peinado. En ello, el fiscal no observa que «supongan una carga para el juzgado o una dilación del procedimiento».
Sin embargo, sí que se coloca el lado del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid en la procedencia de suspender el avance del procedimiento hacia un juicio oral hasta que la Audiencia Provincial de Madrid no resuelva los recursos que interpusieron los tres acusados (Gómez, su asistente en Presidencia del Gobierno y el empresario Barrabés) contra la propuesta de que, si finalmente se sientan en el banquillo, sean juzgados por un tribunal popular.
«Si, como en este caso, no se plantea la posibilidad en la ley, y el magistrado (Peinado) es contrario a la misma, no advertimos una actuación susceptible de ser revocada con causa», expone, al respecto, el fiscal en su escrito de adhesión parcial a las alegaciones del abogado de la cónyuge del jefe del Ejecutivo, el exministro socialista Antonio Camacho.

