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  Legal  FISCALÍA: respaldo al régimen de semilibertad para Txeroki
Legal

FISCALÍA: respaldo al régimen de semilibertad para Txeroki

El Ministerio Público avala la aplicación del artículo 100.2 al exjefe de comandos, aunque reclama que pida perdón también a las víctimas francesas y más detalles sobre su actividad laboral

RedaccionRedaccion—24 de febrero de 20260
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El Ministerio Público ha remitido sus alegaciones al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria tras estudiar la propuesta elevada por el Gobierno vasco. Dicha propuesta plantea la aplicación del denominado principio de flexibilidad, que permite a determinados internos acceder a condiciones propias del tercer grado sin haber alcanzado formalmente esa clasificación.
El fiscal entiende «procedente la aplicación del principio de flexibilidad, en atención a la evolución del interno y al Programa Individualizado de Tratamiento consistente en permitir las salidas de lunes a viernes para realizar labores de voluntariado».
El informe recoge que se ha certificado «su compromiso serio, riguroso e irrevocable de apoyar a las víctimas de terrorismo en sus procesos de sanación y reparación emocional potenciando la explicación frente a la justificación». Para acudir a estos encuentros ya había disfrutado de salidas programadas al amparo del artículo 117 del Reglamento Penitenciario.

La Fiscalía recuerda que, en casos de condenados por terrorismo, la normativa exige el reconocimiento del daño causado, signos inequívocos de arrepentimiento, desvinculación de la organización terrorista y actos de reparación material o simbólica. En la práctica consolidada, añade, también resulta esencial la petición de perdón a las víctimas como manifestación del abandono definitivo de la actividad delictiva.

En este punto, el Ministerio Público introduce una de sus objeciones. Reclama que se informe al interno de la necesidad de solicitar perdón también a las víctimas francesas, tras la acumulación de condenas dictadas en Francia conforme a la Ley Orgánica 4/2024.
La segunda observación de la Fiscalía se refiere a la actividad laboral que permitiría al exdirigente etarra salir de prisión de lunes a viernes. El fiscal solicita información complementaria para aclarar si dicho trabajo tiene un contenido tratamental real y cómo se integra en el Programa Individualizado de Tratamiento, más allá de su dimensión productiva.

Las fechas de cumplimiento de las penas impuestas sitúan el cumplimiento íntegro en octubre de 2027, tras haber alcanzado la mitad de condena en abril de 2015 y las tres cuartas partes en julio de 2021.
La propuesta del Gobierno vasco tenía carácter inmediatamente ejecutivo, lo que implica que el interno ya viene saliendo del centro penitenciario en días laborables y regresando a dormir, permaneciendo en prisión los fines de semana.

Será ahora el magistrado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional quien revise la medida y decida si la mantiene en sus actuales términos o introduce modificaciones.

 

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