El fallo establece para las dos exresponsables políticas una pena de nueve años de inhabilitación especial para desempeñar cargos o empleos públicos. Los magistrados concluyen que con su actuación vulneraron tanto la Ley de Extranjería como la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Los hechos se enmarcan en la conocida «crisis migratoria de mayo de 2021», cuando alrededor de 10.000 personas -incluido un millar de menores- cruzaron desde Marruecos a Ceuta en apenas 48 horas.
Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado una inhabilitación de 12 años para cada una de las acusadas, mientras que las acusaciones particulares, ejercidas por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado y por la Asociación L’Escola, reclamaban 15 años. Tanto el Ministerio Público como estas entidades pidieron además que se les retiraran los honores vinculados a los cargos que ocupaban, una medida que finalmente ha sido aceptada por el tribunal.
Entre el 13 y el 16 de agosto de 2021 se ejecutaron las devoluciones de más de 50 menores marroquíes que habían entrado en Ceuta, organizadas en grupos de 15 al día. El procedimiento se llevó a cabo sin abrir expedientes individuales, sin garantizar el derecho de audiencia, sin asistencia letrada y sin la intervención del Ministerio Fiscal.