La decisión adoptada por el tribunal, según fuentes financieras, se centra en dos medidas cautelares que pedían algunas entidades: la suspensión del pago del impuesto hasta que se alcance un fallo definitivo y elevar la cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La decisión de la Audiencia Nacional no entra a valorar el fondo de la cuestión, por lo que no ha determinado la validez o legalidad del impuesto aprobado por el Gobierno. Únicamente ha denegado estas dos medidas cautelares.
La denegación del tribunal se ha producido ante las medidas que solicitaban Banco Sabadell, Bankinter y Kutxabank, que presentaron sus recursos el pasado mes de febrero.
El resto de grandes entidades también recurrió la liquidación del tribuno, aunque no solicitó este tipo de medidas, como tampoco lo hicieron las patronales AEB y CECA, que recurrieron la orden publicada por el Ministerio de Hacienda por la que se aprobaron los modelos de declaración y pago anticipado del nuevo gravamen temporal a la banca.
De esta forma, la Audiencia Nacional mantiene el mismo criterio que ya había expresado en el mes de febrero respecto al impuesto temporal a empresas energéticas, recurrido por Repsol. El criterio del tribunal es que afrontar el pago del gravamen no supone un perjuicio irreparable para las empresas afectadas.
El Gobierno prevé recaudar en torno a 1.300 millones de euros en este año por el impuesto a la banca. De esta cantidad, la mayoría lo abonarán los seis bancos cotizados del Ibex 35, hasta 1.120 millones de euros, según las cuentas del primer trimestre, donde ya se contabilizan el pago anual del gravamen. Cabe señalar que, ‘de facto’, los bancos solo han procedido a realizar el primer pago correspondiente a febrero. El siguiente plazo de liquidación finaliza este mes de septiembre.
Asimismo, las energéticas afrontan un desembolso este año de otros 1.700 millones de euros. En conjunto, durante los dos años que estarán activos los gravámenes, las arcas públicas obtendrán unos 3.000 millones cada año.