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  DESTACADO PORTADA  CONSEJO: declaración de zonas afectadas por emergencias
DESTACADO PORTADAGobierno

CONSEJO: declaración de zonas afectadas por emergencias

El Consejo de Ministros aprobó este martes la declaración de zonas afectadas por una emergencia de protección civil en 14 comunidades autónomas tras 211 episodios catastróficos registrados entre el 31 de marzo y el 27 de julio de 2026.

RedaccionRedaccion—28 de julio de 20260
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La mayoría fueron incendios forestales, aunque también se incluyen inundaciones, tormentas, temporales costeros y accidentes industriales.
La medida permitirá a los afectados acceder a las ayudas previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil para compensar daños personales, desperfectos en viviendas y enseres, pérdidas en actividades económicas y gastos asumidos por las administraciones locales. También podrán beneficiarse quienes prestaron ayuda material o personal durante las emergencias.
La declaración afecta a Andalucía, Aragón, Baleares, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco, Murcia y Comunitat Valenciana.
Entre los siniestros incluidos figuran los incendios de Madrid, Ávila y Toledo, que motivaron la declaración de emergencia de interés nacional, así como el incendio de la Sierra de Espadán (Castellón) y el de Los Gallardos (Almería), uno de los más graves del año. También se incorporan numerosos incendios registrados durante la primavera y el verano en Galicia, Asturias, Comunidad Valenciana, Murcia, Andalucía, Castilla y León, Navarra, Aragón y Cataluña.
El acuerdo contempla además otros fenómenos meteorológicos adversos, como temporales costeros en Baleares, fuertes lluvias y tormentas en Cataluña, Mallorca y Murcia, y las inundaciones registradas en La Rioja a finales de junio.
Junto a las ayudas del Ministerio del Interior, la declaración abre la puerta a medidas complementarias, entre ellas beneficios fiscales, bonificaciones y exenciones de cuotas a la Seguridad Social, ayudas para reparar infraestructuras municipales y actuaciones urgentes para restablecer servicios públicos dañados.
Asimismo, podrá eximirse del pago de determinadas tasas administrativas relacionadas con la expedición del DNI, permisos de conducción y circulación, o la baja de vehículos afectados por las emergencias.

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