La brecha fiscal se mide como la diferencia entre los ingresos agregados del IVA que se obtendrían en ausencia de fraude (recaudación teórica) y los ingresos agregados devengados efectivamente por ese impuesto (recaudación real) y constituye una aproximación al fraude existente en el impuesto. Queda fuera de esta investigación la estimación de la brecha fiscal de política (policy gap), que cuantifica el coste en términos de recaudación de la existencia de tipos reducidos, exenciones y otros beneficios fiscales. La información necesaria para la estimación del tax gap procede, fundamentalmente, de las bases de datos construidas en Fedea para elaborar el “Observatorio sobre el reparto de los impuestos y las prestaciones entre los hogares españoles” y las “Cuentas Etarias de los Miembros de los Hogares”.
Estimación del tax compliance gap del IVA en España
Si los ingresos teóricos del IVA se calculan asumiendo la inexistencia de fraude en los Impuestos Especiales –que, como es sabido, forman parte de la base imponible del IVA en aquellos consumos sujetos simultáneamente a ambos tributos–, el importe estimado de la brecha fiscal de cumplimiento se eleva en 2022 a 9.428 millones de euros, que representan un 13,3% de los ingresos teóricos del IVA y un 0,69% del PIB de ese año. Si los ingresos teóricos del IVA se calculan con los ingresos reales de los Impuestos Especiales, la brecha fiscal se reduce hasta 8.403 millones de euros. En ambos escenarios, se estima el tax compliance gap del IVA neto de las liquidaciones practicadas por la administración tributaria en el ejercicio de los procedimientos de control del cumplimiento tributario.
Comparación con las estimaciones de la Comisión Europea
La brecha fiscal obtenida en este trabajo es sensiblemente superior a la estimada por la Comisión Europea para el conjunto del IVA, lo que puede ser debido, al menos, en parte, a las diferencias metodológicas existentes entre ambos enfoques.

