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  Legal  T CUENTAS: dura critica a la gestión de Alegria
Legal

T CUENTAS: dura critica a la gestión de Alegria

El Tribunal de Cuentas, ha reprendido al Ministerio de Educación en la época en la que Alegría lideraba esta cartera por eludir realizar la evaluación antifraude del su departamento de la forma en la que dicta la ley respecto a los fondos que se recibieron de la Unión Europea para paliar los efectos de la pandemia de la covid.

RedaccionRedaccion—15 de abril de 20260
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Así se desprende del apartado Prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses del Informe de Fiscalización sobre la ejecución de los programas del Plan de Resiliencia de la Unión Europea, y, en concreto del gasto relativo a «actuaciones de protección y promoción social» en 2022 y 2023.
Según reza el documento de la entidad fiscalizadora, el artículo 6.4 de la Orden HFP/1030/2021 dispone como actuaciones obligatorias para los órganos gestores la evaluación de riesgo de fraude, la cumplimentación de la DACI y la disponibilidad de un procedimiento para abordar conflictos de intereses, entre otras actuaciones. Sin embargo, mientras la gran mayoría de los ministerios han elaborado este documento tal y como dicta la norma, el Ministerio de Educación, que en los años auditados por el Tribunal de Cuentas estaba liderado por Pilar Alegría, esquivó cumplir esta ley y tan solo elaboró una suerte de «autoevaluaciones».

Tal y como expresa el documento, la cartera de Educación «no realizó evaluación de riesgos en los términos establecidos, sino que en su lugar aportó test de autoevaluación», mientras en la mayoría de las entidades la evaluación del riesgo se hace por cada órgano gestor, que la eleva al Comité Antifraude, como órgano responsable de la supervisión y aprobación.

Asimismo, en este mismo documento se afea al Ministerio de Igualdad de Irene Montero la creación de nuevos puestos de trabajo con los fondos europeos destinados a la pandemia de la covid, esquivando el Real Decreto Ley 36/2020 que fijaba como prioridad en la gestión del personal asignado a ejecución de los fondos, «el aprovechamiento del talento de las personas al servicio del departamento». En concreto, el órgano de control externo argumenta que según establece el artículo 30 del Real Decreto Ley, «la cobertura de las necesidades de personal relacionadas con el incremento de carga de trabajo provocado por la gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del PRTR se realizará preferentemente con los efectivos del departamento ministerial u organismo encargado de su gestión».
En el caso del Ministerio de Igualdad, la creación de puestos ha tenido lugar en las unidades responsables de la gestión de los programas del Plan de Resiliencia. Además de desobedecer al Real Decreto Ley, Igualdad no especificó «las funciones asociadas a dichos puestos ni en el IPE ni en los documentos que integraban el expediente relativo a su creación», reza el documento.

 

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