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  Legal  TGUE: rechaza la indemnización de interinos
Legal

TGUE: rechaza la indemnización de interinos

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) rechaza que la Comisión Europea tenga que indemnizar a los interinos españoles por no obligar a nuestro país a cumplir con la Directiva que obliga a los Estados a prevenir y sancionar el uso abusivo de contratos temporales.

RedaccionRedaccion—31 de marzo de 20260
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El TGUE resolvió el pasado 19 de marzo dos denuncias de interinos españoles que exigían a la Comisión una indemnización de 50.229 euros y 160.900 euros, respectivamente, porque durante los 27 años que lleva vigente la Directiva no ha hecho su trabajo de obligar a España a aplicarla. Los afectados denunciaron que Europa incumplió el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que establece que si la Comisión estima que un país incumple una obligación que le incumbe, emitirá un informe para instarle a cumplir la norma y, si no se atiene al dictamen, puede denunciarlo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Criticaron la falta de acción de la UE «a pesar de que los empleadores del sector público español hacían un uso abusivo de los contratos de interinidad y mantenían a los titulares de tales contratos en una situación ilegal y discriminatoria de inseguridad».

El Tribunal General, en cambio, señala en dos autos del 19 de marzo que la Comisión «nunca está obligada a iniciar un procedimiento por incumplimiento […] o a adoptar un acto determinado en un procedimiento por incumplimiento en curso, sino que dispone a estos efectos de una facultad discrecional». Los autos sostienen que para que haya responsabilidad de la UE tienen que darse tres requisitos: que el comportamiento que se le imputa sea ilegal, que haya un daño real y que se dé una relación entre la conducta de la Comisión y el perjuicio del ciudadano.
En este asunto, añade el TGUE, no hay una conducta ilegal por parte de Europa porque no está obligada a iniciar estos procedimientos y, en todo caso, señala que el único responsable de incumplir la Directiva es España. El tribunal rechaza así las pretensiones de los dos interinos y les obliga a asumir sus propias costas.

El TJUE determinó en dos sentencias de febrero y junio de 2024 que la Administración española debía hacer fijos a los interinos que hubieran encadenado contratos temporales de forma abusiva, en el caso de no tener aprobados mecanismos sancionadores que disuadan al Estado de repetir estas prácticas ni compensaciones adecuadas para reparar el daño a los afectados. El Tribunal Supremo remitió en mayo de ese año una nueva cuestión al TJUE advirtiendo que la Constitución española impide hacer fijos a los interinos y empleados públicos, ya que establece que deben cumplirse los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública. El TJUE emitirá el 14 de abril su fallo para responder al Supremo si su jurisprudencia y la Constitución son contrarias al derecho europeo y, a falta de mecanismos por parte de nuestro país para frenar los contratos abusivos y compensar a los trabajadores, se les debe hacer fijos. La sentencia aclarará la situación de miles de interinos y empleados públicos. Cabe destacar que de los 3,6 millones de trabajadores que tiene la Administración, un tercio son temporales.

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