Con esta decisión, desestima el recurso de casación presentado por Google y su matriz, Alphabet, contra la sentencia del Tribunal General.
El caso se remonta a 2018, cuando la Comisión Europea concluyó que Google había aprovechado su posición dominante para imponer la permanencia de su buscador Google Search y del navegador Chrome en los dispositivos móviles que funcionaban con el sistema operativo Android.
Según el Ejecutivo comunitario, la compañía obligaba a los fabricantes de teléfonos móviles que deseaban acceder a determinadas aplicaciones y servicios de Google a preinstalar tanto su motor de búsqueda como su navegador. Además, estos acuerdos podían limitar las oportunidades comerciales de las versiones de Android, reforzando la posición dominante del gigante tecnológico, reduciendo así la capacidad de otros competidores para acceder al mercado.
Inicialmente, Bruselas impuso una multa récord de 4.342,8 millones de euros. Sin embargo, el Tribunal General revisó parcialmente la decisión en 2022 al anular uno de los elementos relacionados con determinados acuerdos de reparto de ingresos, reduciendo la sanción hasta los 4.125 millones de euros, cantidad que ahora ha sido confirmada de forma definitiva. De la multa total, Alphabet asumirá solidariamente 1.520 millones de euros.
En su sentencia, el TJUE considera que el Tribunal General analizó correctamente el contexto económico de las prácticas llevadas a cabo por Google y concluye que no era necesario realizar determinados análisis de contraste para acreditar el abuso de posición dominante.
Los jueces confirman igualmente la existencia del denominado «sesgo de statu quo», es decir, la tendencia de los usuarios a utilizar las aplicaciones que vienen preinstaladas en los dispositivos. Según la resolución, Google no consiguió demostrar que la preferencia de los consumidores respondiera únicamente a la calidad de sus servicios y no al efecto de esa preinstalación.
Asimismo, el Tribunal de Justicia confirma que las condiciones impuestas por Google podían restringir la competencia y aumentar las barreras de entrada para otros operadores «igual de eficaces».
Otro de los aspectos confirmados por la sentencia hace referencia a los llamados acuerdos contra la fragmentación. Estos impedían que determinados fabricantes comercializaran dispositivos con versiones incompatibles de Android si querían mantener la colaboración con Google.
La resolución también rechaza las justificaciones presentadas por Google para defender este modelo de negocio y considera que todas las prácticas analizadas formaban parte de una misma estrategia destinada a consolidar el liderazgo de la compañía. La decisión supone una nueva victoria para la Comisión Europea en su estrategia de controlar el poder de mercado de las grandes empresas tecnológicas. La multa a Google por Android continúa siendo una de las mayores sanciones por competencia impuestas por Bruselas y refuerza la capacidad de las instituciones europeas para intervenir en los mercados digitales.
