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  Legal  TJUE, multa millonaria contra España
Legal

TJUE, multa millonaria contra España

La Justicia europea castiga al Gobierno con una multa millonaria por no retribuir a tiempo el permiso parental

RedaccionRedaccion—1 de agosto de 20250
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El TJUE propone una sanción de 6,8 millones de euros que debería pagar el Estado a la Comisión Europea, además de una multa coercitiva diaria de 19.700 euros hasta que España ponga fin a al incumplimiento
No remunerar el permiso parental de cuidados hasta los 8 años le ha salido muy caro al Gobierno. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España afrontar una multa millonaria por no cumplir a tiempo con la normativa europea que garantiza el derecho a permisos parentales retribuidos. La sentencia estima el recurso planteado por la Comisión Europea contra España por incumplir los plazos para adaptar su legislación a la Directiva europea sobre conciliación de la vida familiar y laboral, que entró en vigor en julio de 2019. El TJUE propone una sanción de 6,8 millones de euros que debería pagar el Estado a la Comisión Europea si el incumplimiento persiste una vez se emita la sentencia, además de una multa coercitiva diaria de 19.700 euros hasta que España ponga fin a al incumplimiento. También le condena a cargar las costas judiciales propias y las de la Comisión Europea.

Esta multa es ligeramente más leve que la sanción que pedía el Ejecutivo comunitario. La Comisión Europea le reclamaba al Estado español el pago de una multa diaria de 9.760 euros desde el 3 de agosto de 2022, fecha en la que venció el primer plazo para adaptar su legislación a la Directiva europea. Además, pedía sumar una sanción mínima de 6,8 millones de euros, así como una multa coercitiva de 43.920 euros diarios desde la sentencia hasta que se notifiquen plenamente las medidas de transposición.

Esta condena llega apenas tres días después de que el Consejo de Ministros aprobara una ampliación del permiso por nacimiento de 16 a 19 semanas, permitiendo que las dos últimas se disfruten hasta los ocho años del menor, lo que supone añadir dos semanas retribuidas a las ocho semanas no pagadas del permiso de cuidados hasta que el menor cumpla los ocho años.
España no cumplió con el primer plazo. Aunque el Gobierno introdujo algunos cambios, no bastaron. La Comisión Europea abrió entonces un procedimiento de infracción que, tras sucesivas advertencias y retrasos, acabó en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El motivo: no haber integrado plenamente la directiva de conciliación en su legislación. Aunque España prometió hacerlo mediante una ley y un real decreto, la falta de avances concretos llevó a Bruselas a presentar un recurso formal en enero de 2024, pero España tampoco cumplió con la retribución del permiso parental en agosto de 2024 y la ofensiva judicial siguió su curso.

Ahora intenta escapar de la multa justificando que sí remunera ocho semanas de permiso parental, aunque no use esa nomenclatura, al permitir sumar distintos permisos retribuidos relacionados con la familia: las dos semanas adicionales del permiso de nacimiento (la norma europea exige 14 semanas y la española daba 16), las tres de lactancia acumulada y las tres semanas recién añadidas -con especial prisa del Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz- al permiso por nacimiento, una de las cuales se debe disfrutar en el primer año de vida, adopción o acogida y las otras dos hasta los ocho años.

Sin embargo, en su sentencia, el TJUE falla que España ha incumplido el plazo de trasposición y que al no haber adoptado todas las medidas necesarias ni, por ende, haberlas comunicado a la Comisión Europea, España ha persistido en su incumplimiento. Ahora, todo queda pendiente de si el Gobierno español comunica y justifica que sí cumple la norma antes de que se emita la sentencia definitiva.

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