La reclamación sostenía que el magistrado demoró de forma injustificada la resolución sobre una petición de archivo respaldada por la Fiscalía. Sin embargo, el TSJM concluye que no existió una dilación disciplinariamente relevante y que los hechos no se corresponden con lo descrito en la denuncia.
Según la resolución, aunque algunas actuaciones podrían haberse resuelto con mayor rapidez, el retraso atribuible al juez fue de apenas tres meses y debe valorarse en el contexto de la elevada carga de trabajo del juzgado. Además, el tribunal destaca que parte de la demora se debió a trámites internos y a que Peinado no tuvo conocimiento efectivo de la situación de los autos hasta octubre de 2025.
El acuerdo también subraya los elevados niveles de actividad del magistrado en los últimos años, con índices de dedicación superiores a los estándares establecidos por el Consejo General del Poder Judicial.
Con esta decisión, queda cerrada la última actuación informativa abierta contra Peinado. El TSJM ya había archivado previamente otra queja relacionada con unas declaraciones incluidas en una resolución judicial sobre los escoltas de Begoña Gómez.

