La Sala de lo Penal avala la interpretación que realizó el TSJ de Navarra cuando acordó reducir en un año la pena para uno de los condenados al entender que el Tribunal Supremo en su momento impuso la pena de 15 años por ser «próxima» o «cercana» al mínimo legal vigente entonces, antes de entrar en vigor la conocida como ley del ‘solo sí es sí’
Sin embargo, al rebajar la citada norma dicho mínimo legal, el TSJ estimó –y ahora el Supremo confirma– que el castigo al condenado también debía reducirse