Esta notificación prejudicial remitida al Gobierno español serviría como antesala para un procedimiento de ejecución legal que echará a andar este mismo verano ante el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales. Según destacaron las mismas fuentes, los reiterados incumplimientos han motivado esta maniobra, que se anuncia escasas semanas después de que la justicia belga embargase 80 millones de euros a la empresa pública Enaire, propietaria de Aena, como medida de compensación ligada a esta misma controversia. Asimismo, esta semana ha trascendido el embargo del 26% del derecho de usufructo de Aena sobre el aeropuerto londinense de Luton, una decisión autorizada por la justicia británica.
En concreto, el grupo de afectados, encabezado por la firma estadounidense Blasket Renewable Investments, ha tomado esta decisión en relación con un bono de deuda valorado en unos 200 millones de libras esterlinas (unos 237 millones de euros).
El título en cuestión vence en 2029 y, debido al procedimiento de ‘default’ técnico, España puede verse obligada a saldar los pagos pendientes de inmediato.
Asimismo, los acreedores entienden que el incumplimiento reiterado de los laudos que condenan a España a pagar más de 1.560 millones por la retirada retroactiva de las primas renovables dan pie a un escenario contemplado en la emisión de este título de deuda, de lo que se deriva la activación de la cláusula de incumplimiento cruzado (‘cross default’) que deja a España en situación técnica de ‘default’.
La justicia británica ya ha dado la razón a los acreedores a la hora de reclamar otras medidas de compensación por los impagos, caso de los embargos que penden sobre la indemnización por la catástrofe del Prestige (más de 900 millones de euros), la sede del Instituto Cervantes en Londres, un edificio en el que se ubica una oficina de acción económica operada por el Gobierno autonómico catalán, cuatro cuentas bancarias o la propiedad en la que se sitúa la Escuela Internacional Vicente Cañadas.
Las mismas fuentes precisaron que cuando España emitió el título de deuda que quedará sujeto al procedimiento, lo hizo incluyendo una cláusula que estipula que el impago por parte del emisor del principal o los intereses de cualquier deuda activaría un escenario susceptible de activar una cláusula de incumplimiento cruzado, en virtud de la cual se puede reclamar la redención inmediata de los pagos pendientes a los tenedores del bono en cuestión, que vence en 2029. Los afectados subrayaron que existen otros tres títulos de deuda denominados en dólares, yenes y euros cuyo valor combinado ronda los 750 millones de euros y cuyo articulado recoge una cláusula idéntica, mediante la cual se puede invocar el escenario de ‘cross default’. Por lo tanto, España se expone al pago anticipado de cuatro bonos del Tesoro valorados en 800 millones de euros.
Blasket Renewable Investments avisó originalmente de la notificación del evento de incumplimiento en una carta enviada al Gobierno de España en abril de 2023. Sin embargo, no recibió respuestas a las distintas cartas formales y solicitudes de comunicación formuladas. Fuentes jurídicas indican que la forma en que está estructurado el bono, con un agente fiscal en lugar de un fideicomiso al uso, permite que cualquier tenedor de estos títulos emita el preceptivo aviso de incumplimiento técnico. De esta manera, los más de 25 laudos pendientes de pago abren la puerta a este tipo de procedimiento, a la vista de los más de 1.560 millones que debe España, cifra que asciende a 1.875 millones al tomar en cuenta condenas en costas, intereses de demora y otros sobrecostes.