El plazo comenzará a contar al día siguiente de la publicación en el BOE de los autos dictados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que mantienen la suspensión de las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) derivadas de este proceso de nacionalización.
Los magistrados reconocen que los afectados deben tener la posibilidad de intervenir en la causa, pero argumentan que resulta imposible notificarles individualmente al tratarse de un colectivo muy amplio e indeterminado. Por ello, la comunicación se realizará a través del BOE y de los tablones de anuncios de los consulados.
Quienes deseen recurrir deberán comparecer ante el Supremo con abogado y procurador, pudiendo presentar alegaciones contra las medidas cautelares impulsadas por Vox e Iustitia Europa. La suspensión afecta, salvo excepciones, a cerca de 169.000 personas inscritas en el censo exterior tras obtener la nacionalidad española por esta vía.
Además, existe una excepción para quienes acrediten mediante certificación consular que descienden de españoles exiliados y cumplen los requisitos establecidos por la ley. En estos casos, podrán conservar su derecho al voto mientras se resuelve el litigio.
El Supremo también ha instado a la Administración a actuar con urgencia en la publicación de los autos y ha reprochado la falta de información sobre la revisión de los expedientes, rechazando que la escasez de medios pueda justificar el incumplimiento de una resolución judicial.
