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Crónica Económica
  Legal  El TSJC condena a la Generalitat
Legal

El TSJC condena a la Generalitat

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la Generalitat a pagar a Renfe 80.926.248 euros, más los intereses de demora, por una reclamación presentada por la compañía para que el Gobierno autonómico asuma los costes del Plan de Acción para la mejora de la calidad de los servicios de Rodalies en el período 2016-2019 y los cánones que debe abonar a Adif, titular de la infraestructura.

RedaccionRedaccion—4 de octubre de 20230
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Tras varios años de impagos, Renfe interpuso un recurso contencioso administrativo para el cobro de estas cantidades alegando que a la Generalitat, titular del servicio de Rodalies, le corresponde asumir íntegramente todos los costes inherentes al Plan de Acción, así como el importe del canon por uso de la infraestructura por ser la autoridad competente, y “consecuentemente quien ha de asumir el déficit que no se halle comprendido en el traspaso” de este servicio.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC admite ahora en una sentencia la reclamación de Renfe al considerar que el compromiso de pago “no solo se halla reconocido, sino que además frente a él no cabe alegar un conflicto con la Administración General del Estado en relación a las transferencias de recursos, conflicto al que es ajena la sociedad mercantil Renfe Viajeros SA, actora en este proceso”. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se refiere a pagos pendientes de los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 y también a los cánones por el uso de la infraestructura que Renfe tiene la obligación de abonar a Adif.

Renfe alegó que a la Generalitat le corresponde asumir íntegramente todos los costes inherentes al Plan de Acción referido a mejoras y nuevos servicios de la red de cercanías, incremento de frecuencias o mejoras en los estándares de calidad del servicio, así como el importe del canon por uso de la infraestructura, ya que es la autoridad competente.
La Administración General del Estado ha de asumir la totalidad del déficit en el que incurra la empresa ferroviaria por los servicios base, mientras la Generalitat tiene la potestad de requerir a Renfe la modificación de los estándares o servicios previstos en el contrato programa, la potestad tarifaria y la definición de estándares de calidad mediante el contrato programa, incluidos en el Plan de Acción, cuya financiación corresponde al Gobierno catalán.

En este sentido, el TSJC indica que “hay un reconocimiento explícito de parte de la deuda en relación al Plan de Acción” por parte de la Generalitat, cuando al contestar a la demanda, el abogado de la administración catalana indica que su representada “ha reconocido la deuda e incluso consta acreditado en el expediente que hay una partida reservada en la Cuenta General de la Generalitat por un importe total de 57.569.555 euros destinada a estos pagos”.
”Asimismo -añade el tribunal- hay un reconocimiento tácito cuando la prestación del servicio, acomodado al Plan de Acción, se presta por Renfe Viajeros sin oposición alguna por parte de la administración gestora del servicio en los términos señalados”. Respecto al pago del incremento de los cánones ferroviarios que Renfe abona a Adif para el acceso a la estructura ferroviaria, la Generalitat considera que ha de ser asumido por la Administración General del Estado al amparo de los acuerdos de traspaso, que se iniciaron en 2010.

Sobre el incremento de estos cánones, la sentencia, que no es firme y contra la cuál se puede interponer recurso de casación, apunta que la administración catalana ha de pagar su coste y, si lo considera oportuno, reclamarlo en el marco del acuerdo de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales (CMAEF) del Estado y la Generalitat. Esta sentencia llega en un momento en el que el traspaso integral de Rodalies es uno de los puntos que los partidos independentistas catalanes han puesto encima de la mesa en la negociación de la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.

 

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