Skip to content

  lunes 15 diciembre 2025
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
15 de diciembre de 2025REUNION; Trabajo y sindicatos a cerrar el permiso por fallecimiento 15 de diciembre de 2025AUDIENCIA NACIONAL: asume el caso Leire 15 de diciembre de 2025RETIRADA DE PASAPORTE: para un ex directivo de Acciona 15 de diciembre de 2025Demasiada frivolidad para el momento 15 de diciembre de 2025El dólar cae tras la bajada de tipos de la Reserva Federal
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  HACIENDA: El Barsa multado por impago de IRPF
Legal

HACIENDA: El Barsa multado por impago de IRPF

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) que impuso al Fútbol Club Barcelona el pago de casi 23 millones de euros por el IRPF entre los años 2012 a 2015 derivado de las retribuciones abonadas a los agentes deportivos de los jugadores.

RedaccionRedaccion—9 de febrero de 20240
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

La sección Cuarta de dicha sala, en su sentencia, rechaza el recurso presentado por el Barcelona contra la Resolución del TEAC, de junio de 2020, derivada de los acuerdos de 2018 del Jefe Adjunto de la Oficina Técnica de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero (DAST) de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes (DCGC) por los que se practicaron liquidación y resoluciones sancionadoras por el concepto de Retención/ingreso a cuenta rendimientos del trabajo/profesional IRPF de los periodos entre enero de 2012 y junio de 2015, se indica.

Asimismo, se especifica que la cuantía derivada de la liquidación tributaria total fue de 8.764.118 euros, mientras que, en concepto de sanción, se le impuso el abono de 3.031.893 euros (2012), 4.348.402 euros (2013), 5.172.955 euros (2014) y 1.414.158 euros (2015).
Según explica la resolución de la Audiencia Nacional, la cuestión de fondo es la naturaleza de los servicios prestados por los agentes de los jugadores.
La Administración, por un lado, sostiene que las retribuciones pagadas por el club a los agentes de los jugadores, dado que prestan sus servicios a los futbolistas y no al club, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Agentes de Jugadores, dichos pagos tienen la naturaleza de rendimientos de trabajo y están sujetos a retención en el momento del abono, por lo que está obligado a practicar e ingresar la correspondiente retención.
El Barcelona, por su parte, entendía que los importes abonados a los agentes contratados por el club corresponden a la retribución acordada por sus servicios prestados a la entidad deportiva y, en este sentido, no cabe imputar como retribución de los jugadores las cuantías que corresponden a prestaciones de servicios al club.
Una vez examinadas las cuestiones planteadas por las partes, la Sala de lo Contencioso considera que «resulta meridianamente claro, de la lectura de la Resolución del TEAC, que ha existido simulación».«De los hechos constatados por la Inspección, resulta que los pagos realizados por el Club lo han sido en nombre y por cuenta de los deportistas que son los efectivos destinatarios de los servicios prestados por los agentes, mientras que se da la apariencia de que los agentes están prestando un servicio encargado por el Club o representando al Club, lo cual no se acredita en ninguna forma y la realidad que reflejan los documentos del expediente es contraria a estas circunstancias, pues los agentes representan a los jugadores y actúan en interés de ellos», se indica.»La Inspección llega a la conclusión de que la relación instrumentada entre el FCB y los agentes, tan sólo sirve para dar cobertura a los pagos realizados por el Club a los jugadores. Esta apreciación es compartida por la Sala”, concluye.
El tribunal explica que en la simulación tributaria es «necesaria la utilización de artificios encaminados a disfrutar de ventajas fiscales que no corresponden a la real operación realizada». Se trata, se añade, de obtener un tratamiento fiscal del hecho imponible y sus circunstancias concurrentes, más favorable del que correspondería a la real operación.
En el presente caso, afirma la sentencia, «se aparenta retribuir por parte del club al agente unos servicios inexistentes, cuando en realidad se está abonando parte de la retribución al jugador de esta forma, por los servicios que presta al club, con la correspondiente incidencia tributaria, que afecta al IS, IVA e IRPF, distorsionando la base imponible de tales conceptos tributarios».

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

AUDIENCIA NACIONAL: asume el caso Leire

15 de diciembre de 20250
Legal

RETIRADA DE PASAPORTE: para un ex directivo de Acciona

15 de diciembre de 20250
Legal

AUDIENCIA: nuevo juicio contra Villarejo

14 de diciembre de 20250
Cargar más
Leer también
Laboral

REUNION; Trabajo y sindicatos a cerrar el permiso por fallecimiento

15 de diciembre de 20250
Legal

AUDIENCIA NACIONAL: asume el caso Leire

15 de diciembre de 20250
Legal

RETIRADA DE PASAPORTE: para un ex directivo de Acciona

15 de diciembre de 20250
Opinión

Demasiada frivolidad para el momento

15 de diciembre de 20250
Colaboraciones

El dólar cae tras la bajada de tipos de la Reserva Federal

15 de diciembre de 20250
General

Zelenski en Berlín para avanzar las negociaciones de paz

14 de diciembre de 20250
Cargar más


Últimas noticias
  • REUNION; Trabajo y sindicatos a cerrar el permiso por fallecimiento 15 de diciembre de 2025
  • AUDIENCIA NACIONAL: asume el caso Leire 15 de diciembre de 2025
  • RETIRADA DE PASAPORTE: para un ex directivo de Acciona 15 de diciembre de 2025
  • Demasiada frivolidad para el momento 15 de diciembre de 2025
  • El dólar cae tras la bajada de tipos de la Reserva Federal 15 de diciembre de 2025
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies