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  Legal  SECTOR QUIMICO: los sindicatos ganan a la patronal
Legal

SECTOR QUIMICO: los sindicatos ganan a la patronal

La Audiencia Nacional ha fallado este lunes a favor de los sindicatos y ha dictaminado que la cláusula de garantía salarial del Convenio General de la Industria Química para 2021, 2022 y 2023 debe ser aplicada "íntegramente".

RedaccionRedaccion—18 de junio de 20240
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Esta establece una subida del 10,3% en el salario de todos los trabajadores, independientemente de su fecha de ingreso. En un comunicado, CCOO informa que al negarse la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique) a abonar la subida a quienes se incorporaron en 2021-2023, CCOO de Industria y UGT-FICA presentaron un conflicto colectivo sectorial ante la Audiencia Nacional a finales de febrero al no alcanzar un acuerdo con la patronal. A esta demanda se sumó con posterioridad CIG.

De esta manera, la Audiencia ha declarado que la cláusula de garantía salarial que recoge el artículo 38 del Convenio General de la Industria se debe aplicar íntegramente por las empresas del sector a todas las personas trabajadoras, «sin distinción alguna por su fecha de entrada». Así, se desprende del fallo, que la mencionada cláusula no diferencia sus efectos según el año en que se incorporaron a las empresas las personas trabajadoras del sector. Concretamente, el fallo que acaba de emitir la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional afirma que la subida del 10,3% que estableció la comisión negociadora «se debe aplicar íntegramente por las empresas del sector a la masa salarial bruta del año 2023».

Desde el sindicato recuerdan que CCOO de Industria insistía desde hace meses, y volvió a hacerlo recientemente ante la Audiencia Nacional, en que la cláusula no diferenciaba sus efectos según el año o la fecha de entrada, ya que entendía que, en caso de hacerlo, sería «totalmente discriminatorio». Asimismo, este sindicato indicó que el 10,3% de subida operaba sobre la masa salarial bruta del 31 de diciembre de 2023. Por lo tanto, tal y como lo establece el convenio, no podía realizarse «ningún tipo de absorción y compensación, sea por el concepto que sea».
Por su parte, la defensa de la patronal Feique se basó en resoluciones de la comisión mixta existentes desde 2001 hasta 2018, aunque ninguna de ellas, según señala el sindicato liderado por Unai Sordo, se refería al XX Convenio General de la Industria Química, por lo que todas eran «anteriores, distintas a este caso y se producían en contextos socioeconómicos diferentes».

 

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