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Crónica Económica
  Politica y partidos  Un mecanismo en manos del propio Gobierno
Politica y partidos

Un mecanismo en manos del propio Gobierno

La cuestión de confianza que ha reclamado Junts es un mecanismo parlamentario contemplado en la Constitución para medir el respaldo de un Gobierno, que es a quien corresponde su presentación y que necesita mayoría simple (más votos a favor que en contra) para superarla, pues en caso contrario el presidente deberá presentar su dimisión.

RedaccionRedaccion—9 de diciembre de 20240
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De momento, lo que ha registrado el partido de Carles Puigdemont en el Congreso es una proposición no de ley de apenas tres párrafos instando al presidente del Gobierno a someterse a una cuestión de confianza, porque un año después de su investidura no ve voluntad política para cumplir lo que comprometió a sus aliados.
Pero esta proposición no de ley, que deberá debatirse y votarse en el Pleno del Congreso, no tendría cupo en el orden del día de la Cámara hasta al próximo periodo de sesiones, a partir de febrero, y en todo caso no es de obligado cumplimiento.

Según señala el artículo 112 de la Constitución, es el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, quien puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza ya sea sobre un programa concreto o sobre una declaración de política general.
El Reglamento del Congreso detalla que ese escrito del Gobierno será trasladado a la Junta de Portavoces de la Cámara y se convocará una sesión plenaria para debatirla, siguiendo los protocolos de un Debate de Investidura. Finalizado el debate, se fijará hora para la votación, que no podrá ser antes de que pasen 24 horas.
Como en los Debates de Investidura, la votación será pública y por llamamiento, con los diputados poniéndose en pie y anunciado su voto en voz alta. La confianza que demanda el presidente del Gobierno se entenderá otorgada cuando vote a favor la mayoría simple de la Cámara, es decir, más síes que noes.

Ahora bien, si el Congreso niega la confianza al presidente del Gobierno, éste deberá presentar su dimisión ante el Rey para que el Jefe del Estado ponga en marcha el procedimiento de designación de un nuevo presidente (consultas, investidura y votación).
Desde la Constitución de 1978 dos han sido los presidentes del Gobierno que se han sometido a una cuestión de confianza. En septiembre de 1980 fue Adolfo Suárez, de UCD, quien reclamó apoyo a la Cámara para superar la crisis y desarrollar el estado autonómico recién aprobado en la Carta Magna. La superó con creces al sumar 180 síes (UCD, Minoría catalana y andalucistas, básicamente) frente a 164 noes y dos abstenciones.
Diez años después, en abril de 1990, el socialista Felipe González se sometió a la cuestión de confianza tras los problemas en el recuento de escaños en varias circunscripciones en las elecciones celebradas meses antes, en las que el PP impugnó en los tribunales los resultados de Murcia, Pontevedra y Melilla. Al final, el PSOE superó el trámite con sus 175 diputados más un representante de la Agrupación Independiente de Canarias (AIC), frente a 130 noes y 37 abstenciones

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