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  Legal  CONDE PUMPIDO: el TC puede modificar la Constitución
Legal

CONDE PUMPIDO: el TC puede modificar la Constitución

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido, ha defendido que este órgano debe adaptar la carta magna "a la realidad social cambiante" y ha recordado que su interpretación de la misma "es vinculante" para los jueces y tribunales "en toda clase de procesos".

RedaccionRedaccion—16 de febrero de 20260
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Conde-Pumpido ha pronunciado estas palabras en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, donde ha inaugurado este lunes una jornada sobre la Constitución de 1978 que este año se convierte en la más longeva de la historia de España. Ha recordado que la Constitución de 1876 estuvo vigente desde el 2 de julio de ese año hasta el 15 de septiembre de 1923, es decir 47 años, dos meses y 14 días, mientras que la actual igualará esta duración el próximo 13 de marzo.
El presidente del TC ha destacado que la diferencia fundamental entre ambas es que la de 1876 carecía de un órgano jurisdiccional especializado encargado de asegurar la supremacía normativa del texto y de resolver los conflictos de constitucionalidad. Ha subrayado que la de 1978 cuenta con el Tribunal Constitucional, que «no solo actúa como garante de la supremacía constitucional sino que mediante la interpretación de los principios y valores de la Constitución permite la adaptación del texto a la realidad social cambiante a través de su jurisprudencia». «Dada la rigidez del procedimiento establecido en la propia Constitución para su reforma, y la dificultad de alcanzar el consenso necesario para afrontar cualquier modificación constitucional, esta capacidad de actualización contribuye a la perdurabilidad del texto al evitar que el desfase entre la norma y la realidad derive en una crisis de legitimidad», ha abundado.
Conde-Pumpido ha insistido en que, «como intérprete supremo de la Constitución» el Constitucional «desempeña una función de actualizar el alcance de los derechos fundamentales y de los principios constitucionales conforme a la realidad social del tiempo en el que han de ser aplicados sin alterar la identidad normativa del texto».

A su juicio, ello «contribuye a la estabilidad del orden constitucional sin necesidad de reformas constantes» aunque ha aclarado que esto no significa que la Constitución de 1978 «no pueda y deba ser reformada cuando sea necesario». Ha advertido, además, que todos los órganos de la jurisdicción ordinaria deben aplicar las leyes y los reglamentos conforme a la interpretación que resulte de las resoluciones dictadas por el TC. «Esta realidad, unida a la pertenencia de España al gran proyecto de convivencia civilizada que supone la Unión Europea, permite albergar fundadas esperanzas» de «larga vida» de una Constitución «abierta a la evolución de la sociedad a la que sirve», ha concluido Conde-Pumpido.

 

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