El último varapalo ha llegado por el Tribunal del Distrito Columbia, que ha dictado una nueva resolución ejecutoria del laudo arbitral Ciadi interpuesto contra de España, en relación con los recortes retroactivos a las energías renovables y vinculado de manera específica con el «caso Watkins». Este procedimiento se encuentra en fase de ejecución tras la sentencia de septiembre de 2025, que reconoció el laudo internacional y condenó al Gobierno al pago de 93 millones de euros -los 77 millones de la condena original más los intereses de demora, condenas en costas y otras obligaciones adicionales-, dando la razón a los acreedores.
El Ejecutivo de Pedro Sánchez, a través de la Abogacía del Estado, ha intentado suspender la ejecución de la sentencia y anular los requerimientos de información y las notificaciones judiciales remitidas por los acreedores a entidades y organismos que mantienen relaciones económicas con el Estado. Sin embargo, el tribunal ha concluido que ha transcurrido un plazo razonable desde la condena sin que España haya procedido al pago ni haya aportado garantías, lo que habilita a los acreedores a iniciar medidas de embargo sobre activos del Estado español en territorio estadounidense. Asimismo, la resolución autoriza a los demandantes a registrar la sentencia en cualquier distrito judicial de Estados Unidos, permitiendo ampliar la ejecución a nivel nacional y facilitando la identificación de activos en múltiples jurisdicciones. Gracias a esta sentencia, las empresas afectadas anuncian ya que van a activar un procedimiento de rastreo de bienes que afectan a la operativa de la selección española de fútbol en el Mundial de 2026, que se celebrará en Estados Unidos, México y Canadá. Las transacciones mantenidas con Adidas, Hilton, Baylor School o la FIFA están ahora en el punto de mira de los acreedores, que pueden proceder a reclamar el embargo de dichas operaciones de pago o de cobro, «bloqueando así la capacidad del Estado español de seguir actuando sin consecuencias tras un largo número de incumplimientos e impagos», informaron fuentes judiciales.
El tribunal respalda expresamente el uso de mecanismos de localización de activos, incluyendo la emisión de notificaciones judiciales a entidades financieras, empresas y terceros con relaciones económicas con España, en línea con el amplio alcance del proceso de descubrimiento de activos e intereses (discovery) en el derecho procesal estadounidense.
En su resolución, la Corte rechaza los argumentos del Gobierno basados en la supuesta imposibilidad de pago derivada del derecho de la Unión Europea, así como la existencia de recursos pendientes, señalando que «ninguno de estos factores justifica la paralización de la ejecución». Esta decisión supone un paso decisivo en la fase de ejecución internacional de los laudos de las renovables, al permitir a los acreedores avanzar desde la identificación de activos hacia su eventual embargo y realización efectiva para el cobro de las indemnizaciones reconocidas judicialmente.
Además, se deniega a España «la posibilidad de frenar los requerimientos de información y las notificaciones judiciales remitidas a terceros con los que mantiene relaciones económicas». En la misma línea, se autorizan «nuevos procedimientos similares, que están orientados al rastreo de bienes para acometer su embargo y resarcir a los acreedores». Asimismo, el tribunal ha decretado que España seguirá siendo considerado «un país deudor, denegando los alegatos de inmunidad soberana y recalcando que ha pasado tiempo suficiente para cumplir con las obligaciones pendientes de pago». Por último, se extiende el perímetro de estas posibles medidas a todo el territorio de EE UU.
España afronta ya una factura de 2.300 millones de euros derivada del conflicto internacional por los recortes a las energías renovables aprobados hace más de una década. Una deuda millonaria que no deja de crecer por intereses, costas judiciales y nuevas condenas en tribunales extranjeros, y que amenaza con traducirse en embargos de activos públicos en distintos países.

