La orden de la Fiscalía General del Estado incluye la designación en las fiscalías territoriales de un fiscal que actúe como punto de contacto con esta nueva red. Esta se estructurará «de forma flexible», de manera que cada jefatura podrá decidir si se designa un único especialista en jurado popular o si, alternativamente, «se conforma un servicio con pluralidad de fiscales».
También tendrán que determinar si las funciones del fiscal especialista se limitan a ser el punto de contacto de la red y a auxiliar y prestar asesoramiento técnico a los fiscales encargados de los procedimientos, o si se extienden a coordinar o, en su caso, supervisarlos. Deberá resolver, además, si resulta conveniente que asuma personalmente la llevanza de todos o parte de ellos.
La Secretaría Técnica de la FGE será el órgano centralizado encargado de la coordinación de la red de fiscales especialistas en tribunal de jurado, dado que no existe un fiscal de Sala en el Tribunal Supremo que asuma esta función. Este departamento del Ministerio Público realizará «observaciones de carácter no vinculante» que se circunscribirán «exclusivamente a los aspectos procesales de la causa» en aquellos procedimientos por tribunal de jurado que «revistan especial relevancia» o cuando los profesionales integrados en la red eleven dudas jurídicas.
