El origen del litigio se encuentra en la decisión de TSK de rescindir el contrato en 2025 alegando fuerza mayor por los efectos del ciclón Filipo. La promotora del proyecto rechazó esa argumentación y reclamó el cobro íntegro de los avales emitidos por Santander como garantía del contrato.
La entidad se negó a efectuar el pago apoyándose en una medida cautelar dictada por un juzgado de Móstoles, que bloqueó temporalmente la ejecución de las garantías mientras se resolvía el conflicto entre las partes. Sin embargo, el tribunal británico ha concluido que esa cautelar no impedía cumplir con la obligación de pago prevista en los avales.
La sentencia también reprocha al banco no haber agotado las vías legales para intentar levantar la restricción impuesta por la Justicia española y rechaza conceder más tiempo para hacerlo.
Con esta resolución, Santander deberá hacer frente al desembolso de los 81 millones de euros reclamados, en uno de los litigios internacionales más relevantes vinculados a avales bancarios y proyectos energéticos en África.
