Ambos organismos alegaron que el plan no les resulta aplicable porque no dependen orgánicamente de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, sino de otros departamentos ministeriales. Sin embargo, el Tribunal rechaza esta interpretación y recuerda que todos los inmuebles de la Seguridad Social forman parte de un patrimonio único cuya titularidad corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
El órgano fiscalizador subraya que tanto el INGESA como el IMSERSO mantienen su condición de entidades gestoras de la Seguridad Social y, por tanto, están sujetos a la normativa que regula este patrimonio. Por ello, considera que el plan debe aplicarse a todas las entidades usuarias de estos inmuebles, con independencia del ministerio del que dependan.
Además, advierte de que esta negativa dificulta uno de los principales objetivos del plan: disponer de una visión global del patrimonio inmobiliario de la Seguridad Social y evaluar su grado de utilización.
El Tribunal también detecta deficiencias en otras entidades que sí participan en el plan. En varios casos aún no se han elaborado o remitido informes sobre necesidades de espacio, inmuebles prescindibles, usos administrativos o costes asociados a los edificios gestionados.
