En su resolución, Peinado amplía a 7 días el plazo legal, lejos de los 15 solicitados por el letrado, pero reconoce, tal y como exponía Campaner, que agosto es “inhábil a efectos de los plazos procesales”, con lo que permite al letrado presentar las conclusiones provisionales en el mes de septiembre.
El entorno de Gómez y numerosos penalistas consideraban que teniendo en cuenta los antecedentes del magistrado en esta causa, Peinado iba a habilitar agosto para la presentación de escritos, acogiéndose a la Ley del Jurado que permite este tipo de trámites, pero finalmente el magistrado ha transigido y la nueva defensa de Begoña Gómez tendrá un mes para estudiar el procedimiento y depositar su escrito en el que reclamará la absolución.
