La organización considera que el Real Decreto 644/2026 amplía de forma injustificada una excepción prevista en la Ley 40/2015 para que determinados cargos puedan ser ocupados por personas que no pertenecen al cuerpo de funcionarios de carrera. A su juicio, se trata de un mecanismo concebido para casos extraordinarios y no de una fórmula habitual de designación.
No obstante, Fedeca es consciente de las dificultades para impugnar este tipo de nombramientos ante el Tribunal Supremo. En los últimos años, la jurisprudencia ha ido avalando con mayor frecuencia estas excepciones siempre que el Ejecutivo las justifique mediante una memoria razonada.
Si bien en el pasado el alto tribunal anuló algunos nombramientos por falta de motivación, las resoluciones más recientes mantienen un criterio más flexible y otorgan un mayor margen de actuación a la Administración. Esta doctrina ha permitido exceptuar la reserva funcionarial en puestos que requieren experiencia especializada o una intensa interlocución institucional.
Como consecuencia, cerca de una treintena de direcciones generales están actualmente exentas de la obligación de ser dirigidas por funcionarios de carrera, una cifra superior a la registrada en etapas anteriores.
Para Fedeca, la cuestión trasciende el ámbito jurídico y afecta a la calidad institucional. La asociación defiende que los funcionarios de carrera constituyen una garantía de independencia técnica, meritocracia y control frente a posibles criterios de afinidad política en la gestión pública.
